Fechas y Requisitos para la Celebración del Sacramento del Bautismo - 2023.


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REQUISITOS A PRESENTAR:

Tome en cuenta que una semana antes a la celebración del Bautismo, los papás deben presentar los siguientes documentos:     

1.    Boleta de inscripción debidamente llena. Se llena en la Oficina Parroquial el día de la inscripción, con todos los requisitos; o bien puede descargarla, imprimirla y traerla lista.

2.    Constancia original de nacimiento del niño (a) y una fotocopia. En caso de extravío o cambio de datos, deben solicitarla directamente al Registro Civil.     

3.    Original y fotocopia de las cédulas (identificación) de los papás.     

4.    Original y fotocopia de las cédulas (identificación) de los padrinos.     

5.    Original y fotocopia de los Certificados de Catequesis Bautismal de padres y padrinos.

6.    Constancia de Sacramentos Recibidos de los padrinos.

 

OTROS REQUISITOS:  

PADRES DEL NIÑO(A):

7. Deben ser católicos residentes en los cantones josefinos aledaños a esta comunidad de Santa Ana, a saber: Villa Colón, Escazú y Pavas.  De no residir en dichos cantones, deben solicitar el permiso respectivo, en la Parroquia a la que pertenecen y presentarlo junto con los otros documentos.

8.   Si el papá o la mamá del niño(a) no profesa la fe católica, esto no es impedimento para que se realice el bautismo, siempre y cuando la parte católica con la ayuda de los padrinos, garantice que el niño(a) será educado en la fe de la Iglesia Católica.     

PADRINOS DEL NIÑO(A):     

9.    Ser católicos y miembros activos de la Iglesia Católica, participando dignamente de los sacramentos.     

10.    Mayores de 18 años de edad.     

11.    Haber recibido los Sacramentos de iniciación Cristiana: Bautismo, Eucaristía (Primera Comunión) y Confirmación.     

12.    Solteros, viudos o casados sacramentalmente por la Iglesia Católica. No pueden ser casados civilmente, ni vivir en unión libre.     

13.    Deben ser un hombre y una mujer, o uno de los dos. No pueden ser dos hombres, ni dos mujeres.     

14.    La Iglesia instituye a los padrinos en guía del nuevo bautizado, pretendiendo que sea en cierto modo, su modelo de vida cristiana.  Los padrinos han de velar por el crecimiento espiritual del recién bautizado, acompañarle en sus primeros pasos en la fe; que aprenda de su mano, los fundamentos doctrinales y morales de la fe cristiana.  De esto se deduce claramente, que los padrinos deben ser católicos.  No pueden profesar ninguna otra fe.